SEGREGADOS MC
ESTATUTOS
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CAPITULO I
DEL OBJETO

1.- Segregados MC tiene por objeto:

I. Agrupar a motociclistas de sexo indistinto, sin importar la marca de su motocicleta, siempre y cuando esta sea de 150 cc o superior (No motonetas, No Cuatrimotos), con el fin de efectuar recorridos, paseos y convivencia en un marco de respeto, fraternidad y seguridad.

II. El fomento de las actividades tendientes a incrementar los conocimientos sobre el motociclismo de todos sus miembros integrantes.

III. El apoyo irrestricto y solidario de todos sus miembros para el compañero y/o su familia que por desventura sufra algún tipo de accidente.

IV. Apoyar a instituciones oficiales y privadas en actividades de ayuda social, y de emergencia con fines altruistas.

V. Llevar a cabo concentraciones, clínicas, estudios, conferencias, exhibiciones y publicaciones de carácter técnico, deportivo y cultural relacionadas con el motociclismo.

2.- Los bienes de Segregados MC, son propiedad de este, de tal forma que en caso de separación de alguno de sus miembros cualquiera que sea la causa, estos no podrán hacer reclamaciones sobre dichos bienes. Para tal efecto se incluye todo tipo de donaciones como herramientas, refacciones, equipo médico, etc.

CAPITULO II
DEL CONSEJO DIRECTIVO GENERAL

3.- El Consejo Directivo General es la agrupación de miembros activos que fueron elegidos para dirigir, organizar y coordinar los objetivos definidos en los presentes estatutos. Dichos miembros reciben la categoría de "Oficiales" y sus puestos serán de carácter honorífico.

4.- Segregados MC será dirigido por el Consejo Directivo General, que tendrá la estructura siguiente:

• Un Presidente
• Un Vicepresidente
• Un Sargento de Armas
• Un Secretario
• Un Tesorero
• Un Capitán de Ruta
• Un Oficial de Inteligencia

5.- Son atribuciones del Consejo Directivo General. Todas las estipuladas en el documento denominado como Anexo 1.

CAPITULO III
DE LOS CLANES

6.- Segregados MC podrá tener "Clanes" (Capítulos y/o Secciones) en otros estados de la República Mexicana, los cuales estarán sujetos a los presentes estatutos y dirigido por un Consejo Directivo.

7.- Para la formación de un "Clan", se requiere un mínimo de 3 miembros. Los interesados deberán solicitarlo por escrito, haciendo mención de la ciudad sede y quienes conformarían el Consejo Directivo del "Clan". La formación del "Clan" estará sujeta a la aprobación por parte del Consejo Directivo General de Segregados MC.

8.- El Consejo Directivo es la agrupación de miembros que fueron elegidos para dirigir, organizar y coordinar las actividades del "Clan". Dichos miembros reciben la categoría de "Oficiales" y sus puestos serán de carácter honorífico, debiendo tener la estructura siguiente:

• Un Capitán
• Un Subcapitán
• Un Secretario
• Un Tesorero
• Un Capitán de Ruta (por cada 20 miembros).
• Un Sargento de Armas

9.- Son atribuciones del Consejo Directivo. Todas las estipuladas en el documento denominado como Anexo 2.

CAPITULO IV
DE LOS PROSPECTOS

10.- Reciben el nombre de "Prospecto", las personas que habiendo solicitado su ingreso a Segregados MC, reúnan los requisitos siguientes:

I. No pertenecer a otro moto club.

II. Llenar el formulario de registro de Segregados MC, acompañado de copia de licencia de manejo, así como de tarjeta de circulación de su motocicleta vigente.

III. Ser el propietario legítimo de la motocicleta que conduce y que esta sea de 150 cc o superior.

IV. Cumplir con un mínimo de tres "rodadas" en carretera. Tras dicho periodo la persona estará sujeta a su aceptación como "Prospecto" por medio de la mayoría de votos, de los integrantes de la sección principal y/o del "Clan" según sea el caso; que para tal efecto se propondrá la votación por medio de los oficiales. Dicha categoría le da el derecho de poder portar la camiseta con el emblema de Segregados MC y un parche reducido de Segregados con la leyenda de "Prospecto", de lo cual el costo de dicho parche/bordado estará a cargo del MC, de lo cual se le entrega en calidad de comodato.

V. Todo "Prospecto" se le asignara un miembro HOSMC/Oficial ya sea por sorteo o bien quien lo trajo al MC según sea el caso, quien fungirá su "Padrino/Madrina" y será responsable de su formación como motero dentro del MC, así como del ambiente en general.

CAPITULO V
DE LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS

11.- La persona denominada "Prospecto" podrá obtener la categoría de "HOSMC", así como el derecho de portar el emblema de Segregados MC, denominado Parche/Colores (Bordado), cuando haya cumplido un periodo mínimo de 6 meses a un año. Que para tal efecto estará sujeta su aceptación por medio de la mayoría de votos de los miembros de la sección principal y/o del Clan según sea el caso; dicha propuesta se llevara a cabo por medio del Presiente y/o el Capitán de Clan.

En caso de que su esposa/concubina/Pareja sea su acompañante habitual de los eventos del MC, dicha persona podrá portar un parche similar al de "Prospecto" pero con la leyenda de "Copiloto". Dicho parche será cubierto el bordado por cuenta del nuevo miembro HOSMC y estará sujeto en calidad de comodato.".

12.- Los miembros "Prospectos" y HOSMC" podrán participar de las actividades programadas de Segregados MC, salvo cuando haya exclusión expresa de alguna categoría de miembros.

13.- Participar en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias, teniendo voz y voto los que tengan la categoría de "HOSMC" y oficiales.

14.- Los miembros "HOSMC" con una antigüedad mínima de un año, podrán ser candidatos para ocupar algún puesto en el Consejo Directivo General y/o el Consejo Directivo (Clan). Que para tal efecto se estará dispuesto a lo siguiente:

I. Se elegirá a un mimbro para ocupar un cargo de "Oficial, salvo el de Presidente, por medio de la mayoría de votos de los integrantes del Consejo Directivo General y/o del Consejo Directivo. En caso de empate, el Presidente o el Capitán (Clanes) tendrán un voto extra de calidad.

II. Para poder ser elegido como Vicepresidente, el miembro deberá ser parte de los integrantes del Consejo Directivo General, contar con un mínimo de 4 años con "Colores" y haber demostrado pleno compromiso y lealtad con el MC. Para tal efecto el cargo será propuesto por el Presidente y por medio de la mayoría de votos de los miembros del MC. En caso de empate el Presidente tendrá un voto extra de calidad.

III. Los cargos de oficiales salvo el de Presidente, tanto de la sección principal como de los "Clanes", estarán sujetos a renovación anual. Para tal efecto se llevara a cabo por medio de la votación de todos los miembros presentes en la reunión del aniversario del MC; y en el caso de los "Clanes" cuando por medio del Consejo Directivo General se determine en la fecha previamente citada.

IV. Todo miembro del MC, en caso de cambio de su lugar de residencia a un estado de la República Mexicana distinto del inicial, tiene derecho a ocupar el cargo de Capitán de "Clan" en caso no existir en dicho estado o localidad alguno de Segregados MC, sin ser para ello requisito el mínimo de tres miembros. Así mismo en caso de existir "Clan" de Segregados MC en dicho estado o localidad tiene el derecho de ocupar un cargo de oficial en el Consejo Directivo en caso de estar disponible.

CAPITULO VI
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS

15.- Es deber de los miembros en general sujetarse a los presentes estatutos, así como los acuerdos de la asamblea general y del Consejo Directivo General que se determinen.

16.- Es deber de los miembros "Prospecto" al momento de ser nombrados como tal, comenzar a efectuar sus aportaciones para cubrir el costo del bordado de "Parche/Colores", sin exceder de 3 meses. En caso de que dicho miembro no sea aceptado como miembro "HOSMC" se le devolverá íntegramente las citadas aportaciones.

17.- Desempeñar eficientemente los puestos para los que fueron electos, así como las comisiones que se le confieran.

18.- Asistir con puntualidad a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias y juntas de trabajo convocadas por el Consejo Directivo General, y participar activamente de las actividades programadas por Segregados MC.

I. Desempeñar eficientemente el cargo de "Padrino/Madrina" del "Prospecto" que se le haya asignado, proporcionándole los conocimientos suficientes sobre la simbología, valores, derechos y responsabilidades del MC, así como el adecuado comportamiento dentro del ambiente motero en general.

19.- Participar en el aniversario y reunión de diciembre del MC, en rodadas y/o eventos de ayuda social programados por Segregados MC, el funeral de algún miembro, así como de sus familiares en línea directa como: Madre, Padre, Esposa(o) e Hijos; de esto último se puede exentar a los miembros, cuando se trate de los familiares en línea directa, cuando el evento se encuentre a una distancia superior a los 200 kilómetros de la ubicación de los miembros más cercanos.

20.- No participar en actividades, prácticas o conductas que puedan poner en riesgo la seguridad del grupo.

21.- Portar el "Emblema/Colores" de Segregados MC en la parte trasera de un chaleco de piel negra, chaleco mezclilla de color tradicional o negro. Así como el cumplimento de todo lo dispuesto en el documento denominado como Anexo 3.

El acto de cubrir el costo del bordado del "Parche/Colores", no hace al portador de dicho emblema, propietario del mismo; toda vez que se le hace entrega del "Parche/Colores" en calidad de comodato, por lo que se le puede requerir y retirar el multicitado emblema en cualquier momento; ya que la licencia del uso de las imágenes que conforman el "Parche/Colores" son propiedad de Segregados MC.

22.- Apoyar por medio de cooperación económica los costos relacionados con: Pago anual de hosting del sitio Web oficial de Segregados MC, el nombre de dominio (www.segregados.com.mx). Lo correspondiente a herramientas, refacciones, así como la reposición de medicamentos y elementos del botiquín corresponderá a los miembros de la sección principal y/o "Clan" según sea el caso. Para tal efecto tanto la sección principal como los "Clanes" deberán llevar un archivo con las notas de los gastos realizados para su revisión por parte de los miembros si así se requiere.

23.- No promover asuntos de carácter político o religioso dentro de Segregados MC.

24.- No lucrar con la imagen y reputación de Segregados MC, así como de sus emblemas y logotipos.

CAPITULO VII
DE LAS SANCIONES

25.- La omisión a lo dispuesto en el Articulo 19 de los presentes estatutos, será motivo de degradación de categoría y/o rango, salvo por razones de carácter legal o de salud que impidan participar al miembro. Cuanto se trate de un miembro HOSMC/Estaff, se procederá al retiro provisional del chaleco y estará sujeto a una sanción de 3 a 6 meses de no poder portarlo.

26.- La falta de participación activa y/o ausencia de algún miembro en las actividades del MC, en un plazo mayor a 45 días, será motivo de degradación de categoría y/o rango; salvo aquellos casos que por razones de carácter legal o de salud, el miembro este impedido para poder participar y/o cumplir con sus funciones en caso de tener algún cargo de oficial.

27.- La separación de un miembro activo (HOSMC y/o Oficial) será notificada por un integrante del Consejo Directivo General cuando no se acate lo establecido en los presentes estatutos, esta separación tendrá la calidad de provisional, en tanto el Consejo Directivo General no ratifique o revoque la separación; el interesado previamente a la resolución de la asamblea deberá ser escuchado en su defensa.

28.- Sera motivo de expulsión inmediata sin la aplicación de lo dispuesto en el Artículo previo cualquiera de las causas siguientes:

I. La falta de respeto hacia cualquier persona del sexo femenino.

II. Por la portación de armas, drogas y su consumo, durante las actividades de Segregados MC.

III. Promover o incitar actos de discriminación en razón de raza, sexo o religión. Así como todo acto que incite o promueva la disolución del MC o la separación de alguno(s) de sus miembro(s).

IV. Por la ejecución de actos contrarios a los intereses comunes de los miembros, o por desarrollar actividades que perjudiquen la imagen y/o reputación de Segregados MC. Así como cualquier falta de respeto e insubordinación hacia los oficiales integrantes del Consejo Directivo General o en razón de las jerarquías establecidas en el MC. Así como cualquiera que determine el Presidente de manera unilateral en razón de que se perjudique los intereses de alguno de los miembros o del propio MC.

29.- Toda persona expulsada del MC, deberá devolver los "Colores" y "Parches" que le fueron entregados por Segregados MC, de los cuales se procederá a su resguardo en el archivo del MC.

CAPITULO XI
DE LA SECCIÓN NÓMADA

30.- La "Sección Nómada" está conformada por todas aquellas personas que desean ser parte de Segregados MC y portar nuestros emblemas (Parches y/o Colores), sin tener que pasar por el proceso de obtener los grados y/o categorías de "Prospecto" y "HOSMC"; así mismo que no desean tener la obligación o compromiso de una participación activa en las actividades del moto club.

31- Para pertenecer a la "Sección Nómada" y obtener los emblemas (Parches y/o Colores), la persona interesada deberá proporcionar copia simple de: licencia para conducir, tarjeta de circulación de su motocicleta (vigente), comprobante de domicilio, así como cubrir el costo de los emblemas (Parche y/o Colores) por la cantidad de $1,500.00 (Mil Quinientos Pesos Mexicanos), y una cuota mensual de $100.00 (Cien Pesos Mexicanos) al Consejo Directivo General.

32.- Los miembros de la "Sección Nómada" podrán participar en eventos de otros MC, teniendo la obligación de portar sus "Parches y/o Colores" de Segregados MC.

33.- Los miembros de la "Sección Nómada", están obligados a participar en las actividades relacionadas el numeral 18 de los presentes estatutos.

34.- La falta de pago de la cuota mensual por más de tres meses consecutivos es motivo de baja o expulsión; en cuyo caso está obligado a lo dispuesto en el numeral 28 de los presentes estatutos.

35.- Todo miembro de la "Sección Nómada" podrá solicitar su cambio como miembro "HOSMC", de lo cual estará sujeto a su aprobación por medio de votación unánime del Consejo Directivo General. Que para tal efecto deberá demostrar compromiso y una participación activa en las actividades del MC.

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ANEXO 1
ANEXO 2
ANEXO 3